Guía de retiro · Deducción de impuestos 2026
Cada abril le pagas al SAT más de lo que quisieras
Lo que aportes a tu PPR antes del 31 de diciembre es lo que podrás deducir en tu próxima declaración. Aquí te explico cuánto conviene aportar y cómo calcular tu tope, con números de 2026.
Llega abril, presentas tu declaración anual y la sensación es la de siempre: trabajaste todo el año y una buena parte se fue en impuestos. Lo que casi nadie te dice a tiempo es que esa cuenta se decide meses antes. Lo que hagas de aquí a diciembre es lo que cambia el resultado de abril.
Por qué la fecha que importa es el 31 de diciembre
Las deducciones personales funcionan por año calendario. Para que una aportación a tu Plan Personal de Retiro (PPR) cuente en la declaración que presentas en abril de 2027, el dinero tiene que haber entrado a tu plan durante 2026. Una aportación hecha el 2 de enero ya pertenece al siguiente ejercicio y la deducirías hasta 2028.
En la práctica conviene no esperar a la última semana. Entre días inhábiles, límites de transferencia de tu banco y los tiempos de aplicación de cada institución, una aportación de último minuto puede quedar registrada con fecha de enero. Mi recomendación es dejarla hecha a más tardar a mediados de diciembre.
Cuánto puedes deducir: la regla de los dos topes
La Ley del ISR (Artículo 151, fracción V) te permite deducir tus aportaciones a un PPR hasta el menor de estos dos montos:
- El 10% de tus ingresos acumulables del año.
- Cinco UMA anuales, que para 2026 equivalen a $213,973 pesos.
Para la gran mayoría de los profesionistas el tope que aplica es el del 10%. El de las cinco UMA solo entra en juego cuando tus ingresos acumulables pasan de 2.1 millones de pesos al año, aproximadamente.
| Ingresos acumulables al año | 10% de tus ingresos | Lo máximo que puedes deducir |
|---|---|---|
| $480,000 | $48,000 | $48,000 |
| $720,000 | $72,000 | $72,000 |
| $1,200,000 | $120,000 | $120,000 |
| $2,400,000 | $240,000 | $213,973 (tope de 5 UMA) |
Un detalle a tu favor: esta deducción no compite con las demás. Tus gastos médicos, intereses hipotecarios y otras deducciones personales comparten un límite global, pero las aportaciones a un PPR quedan fuera de ese límite. Se suman aparte.
Cuánto regresa en tu declaración
La deducción no es un descuento directo por el monto que aportas. Lo que hace es reducir la base sobre la que se calcula tu impuesto, y por eso el efecto depende de tu nivel de ingresos: entre más alta sea la tasa que pagas sobre la última parte de tu ingreso, más pesa cada peso que aportas.
Un ejemplo para aterrizarlo: si la última parte de tu ingreso tributa al 30% y aportas $60,000 a tu PPR dentro de tu tope, tu ISR del año baja alrededor de $18,000. Si durante el año te retuvieron o pagaste de más, esa diferencia aparece como saldo a favor en tu declaración.
Calcula tu tope y tu ahorro con tus números
La calculadora usa la tarifa de ISR y la UMA de 2026. Pones tu ingreso y ves cuánto podrías deducir. Sin registrarte, en menos de un minuto.
Entonces, ¿cuánto conviene aportar antes de que cierre el año?
La respuesta tiene dos partes. La primera es matemática: tu tope es el 10% de tus ingresos acumulables de 2026, menos lo que ya hayas aportado en el año. Esa diferencia es lo que todavía puedes aprovechar.
La segunda es de sentido común, y pesa más: aporta solo dinero que de verdad puedas dejar trabajando a largo plazo. Para hacer la cuenta, sigue estos pasos:
- Estima tus ingresos acumulables del año. Suma lo que llevas y proyecta lo que falta a diciembre.
- Saca el 10% y compáralo con el tope de $213,973. El menor de los dos es tu límite.
- Resta lo que ya aportaste a tu PPR durante 2026.
- De lo que queda, decide cuánto puedes aportar sin tocar tu fondo de emergencias.
El PPR es dinero para tu retiro. Para conservar el beneficio fiscal debe permanecer en el plan hasta que cumplas 65 años, salvo invalidez o incapacidad para trabajar en los términos que marca la ley. Si lo retiras antes, se considera ingreso acumulable y la institución te retiene ISR. Aportar de más solo por deducir y necesitar ese dinero en dos años no es buen negocio.
Lo que necesitas tener en orden
- Que tu plan sea un PPR en términos del Artículo 151. No cualquier seguro con ahorro o fondo de inversión califica para esta deducción.
- Tu constancia o comprobante fiscal de aportaciones. Lo emite la institución que administra tu plan y es lo que respalda la deducción.
- Tu RFC correcto en el plan, para que las aportaciones queden registradas a tu nombre.
- Tu régimen fiscal. Si tributas en RESICO, las deducciones personales no aplican sobre esos ingresos. Confírmalo con tu contador antes de aportar pensando en la deducción.
¿Y si quiero deducir más?
Existe un segundo estímulo, el del Artículo 185 de la Ley del ISR, que permite restar hasta $152,000 adicionales al año en ciertos planes y cuentas para el retiro. Funciona con reglas distintas a las del 151, sobre todo al momento de retirar, así que conviene revisarlo con calma y con tu contador antes de usarlo.
Y si todavía estás decidiendo entre PPR y Afore, aquí te explico cómo se complementan.
Preguntas frecuentes
¿Puedo aportar en enero y deducirlo en la declaración de abril?
Por la vía del Artículo 151, no. La aportación cuenta para el año en que se hizo. Lo que aportes en enero de 2027 lo deduces en la declaración que presentas en 2028.
Soy asalariado, ¿también puedo deducir?
Sí. Presentas tu declaración anual como persona física, incluyes tus aportaciones al PPR como deducción personal y, si resulta saldo a favor, puedes solicitar su devolución al SAT.
¿Conviene una sola aportación en diciembre o aportar cada mes?
Para la deducción da igual: cuenta el total del año. Para tu bolsillo, aportar cada mes suele ser más llevadero y te evita depender de tener el dinero completo en diciembre. Una aportación extra al cierre sirve para completar tu tope.
Si no tengo PPR, ¿todavía alcanzo a abrir uno este año?
Normalmente sí, siempre que el plan quede contratado y la primera aportación aplicada antes del 31 de diciembre. El trámite incluye tu solicitud y la revisión de la aseguradora, así que conviene empezar con varias semanas de margen.
En resumen
Tu tope es el menor entre el 10% de tus ingresos acumulables y $213,973. Lo que cuenta es lo que entre a tu plan antes del 31 de diciembre. Y el mejor monto no es el máximo que permite la ley, sino el que puedes sostener sin apretarte. Si quieres, hacemos la cuenta juntos con tus números reales y ves cuánto te conviene aportar antes de que cierre el año.
Este artículo es informativo y no constituye asesoría fiscal ni una oferta de contratación. Las cifras corresponden al ejercicio 2026 (UMA anual de $42,794.64) y los topes cambian cada año. La deducción está sujeta a los requisitos de los Artículos 151 y 185 de la Ley del ISR vigente y a tu régimen fiscal; verifica siempre tu caso con tu contador. Los rendimientos de cualquier instrumento de inversión no están garantizados.